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Sección 523 préstamos

Un programa de vivienda rural de auto-ayuda mutua autorizado bajo la sección 523 de la ley de vivienda de 1949 y es administrado por el servicio de Vivienda Rural. Las organizaciones sin fines de lucro pueden obtener préstamos de 2 años para comprar y desarrollar la tierra que se va a subdividir en construcciones de vivienda. La tasa de interés es de 3% para estos préstamos. Los solicitantes deben demostrar una necesidad de las obras propuestas en la localidad. Patrocinadores también pueden obtener subvenciones de asistencia técnica (TA) para pagar todo o parte del costo de desarrollo, administración y coordinación de programas de asistencia técnica y supervisión a las familias que están construyendo sus propias casas. Cada familia se espera contribuir al menos 700 horas de mano de obra en construcción de viviendas para el otro. Los solicitantes deben demostrar que (1) hay una necesidad de vivienda de autoayuda en la zona, (2) el solicitante tiene o puede contratar a personas cualificadas para llevar a cabo sus responsabilidades bajo el programa, y (3) los fondos para el proyecto propuesto TA no están disponibles en otras fuentes. El programa se limita generalmente a familias de muy bajos y bajos ingresos. Las familias de ingresos moderados pueden ser elegibles a participar, siempre y cuando no son capaces de pagar por una casa construida por el método de contrato. TA fondos no pueden ser usados para contratar a trabajadores de la construcción o para comprar bienes raíces o los materiales de construcción. Sin embargo, las corporaciones sin fines de lucro privadas o públicas, pueden ser elegibles para préstamos de sitio 2 años bajo sección 523. Los préstamos pueden utilizarse para adquirir y desarrollar la tierra en las zonas rurales. La tierra está subdividida en sitios de edificio y vendida sobre una base sin fines de lucro a las familias de ingresos bajos y moderados. Generalmente, un préstamo de tierras debe producir al menos 10 sitios casero. Los sitios no necesitan ser contiguos. Sitios financiados a través de la sección 523 sólo pueden ser vendidos a familias que están construyendo casas por el método de auto-ayuda mutua. Las viviendas son financiadas a través del programa de la sección 502.

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